El aguinaldo es una prestación que los trabajadores tienen el derecho de percibir cada año, siendo el equivalente a un minino de 15 días de salario o una parte proporcional a periodo laborado donde las empresas tienen que entregarlos antes del 20 de diciembre.
en este sentido Fidel Moreno de los Santos Contador público de AFJ consultores señaló, derivado a que este beneficio es de ley el 100 por ciento de las empresas ya han cumplido con el reparto del aguinaldo para sus trabajadores en los primeros días del mes o en la quincena de diciembre.
Agregó, este derecho también lo pueden recibir las personas que laboraron dentro de una empresa y fueron despedidas, por lo que dentro del finiquito este debe de contar con la parte proporcional al aguinaldo, de lo contrario, los empleados pueden exigirlo.
Mencionó, el que las empresas cumplan con este beneficio se debe a que muchas de las pendencias de gobierno e instituciones no gubernamentales están vigilando que los trabajadores tengan el pago de aguinaldos.
puntualizó, es a través de este pago que los empleados pueden solventar las compras y el gasto que se tienen en la temporada, y con ello evitar desgastarse económicamente.
Destacó, para el pago de aguinaldo de los empleados las empresas ya han realizado la planeación correspondiente a lo largo del año para contar con el reparto de esta prestación en tiempo, de lo contario se tienen las medidas necesarias para postergar el pago en el mes de enero o realizarlo en dos partes, sin embargo, este pago es de ley y no se puede omitir.
Agregó, a la fecha de desconocer si hay empresas que han incumplido con este pago, no obstante, están conscientes del gasto que se hace en esta temporada por lo cual muchas de estas ya han realizado dicho reparto.
finalmente, recomendó a la población que ante la entrega de aguinaldos sean conscientes sobre hacer buen uso del recurso y saber administrarlo para evitar caer en adeudos que pongan en riesgo su economía familiar.