Con 4 votos a favor y 2 abstenciones, la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales aprobó un proyecto de Dictamen, por el que se reforman diversos artículos del Código Civil para el Estado de Tabasco, en materia de matrimonio igualitario.
En dicha sesión las y los diputado integrantes Ana Isabel Núñez de Dios, Jesús Selván García, Emilio Antonio Contreras Martínez de Escobar, Shirley Herrera Dagdug, Rafael Elías Sánchez Cabrales, y Miguel Armando Vélez Mier y Concha, a excepción de la representación de la fracción parlamentaria del PRI.
El dictamen que contiene las modificaciones propuestas a los artículos 116 fracción I, 152 segundo párrafo, 154, 216, 217, 269 párrafo 2 fracción III, 285 párrafos I y II, 289 y 3275 del Código Civil para el Estado de Tabasco, señala que tienen como finalidad garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas, sin excepción alguna.
En el comunicado expedido por el Congreso del Estado, las y los diputados precisaron que todas las personas son iguales ante la ley, y que por mandato constitucional se establece que las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, dado que queda prohibida toda discriminación.
Durante el análisis del dictamen los diputados de Morena señalaron que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que queda prohibida toda discriminación, que se pudiera presentar al anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Las modificaciones propuestas que se presentarán ante el pleno, busca reformar 9 artículos del Código Civil para el Estado de Tabasco, señalaron que la finalidad es garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas, sin excepción alguna, señalaron los legisladores.
Durante la votación del matrimonio igualitario, se mencionó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estudió la constitucionalidad de dicha figura jurídica.
Se señaló que a la fecha 29 de los 32 estados han legislado respecto de la inclusión del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Señalaron que los 21 estados que reformaron su legislación civil, han sido: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Veracruz y Quintana Roo.
Se precisó que en 4 estados adicionalmente incluyeron esta disposición en su Constitución local: Baja California, Ciudad de México, Morelos y Yucatán.
Por otro lado, 4 estados adoptaron esta determinación, por resoluciones dictadas por la Suprema Corte de la Justicia de la Nación: Aguascalientes, Chiapas, Jalisco, y Nuevo León.
Y en el estado de Guerrero se ha aplicado parcialmente esta disposición, ya que solo aplica en determinados municipios.