Desde el mes de abril del año 2019 a la fecha, el colectivo Coalición Por Tabasco A.C. ha presentado 22 solicitudes de pensión por jubilación al 100%, ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET), obteniendo siempre, en tiempo y forma, respuesta a sus planteamientos, enmarcando su actuación dentro de las disposiciones legales que regula el tema de pensiones.
No obstante, los representantes de la Coalición por Tabasco, han insistido en el otorgamiento de una pensión por jubilación al 100%, supuesto que la Ley vigente no contempla. Ante lo cual, el ISSET, les ha demostrado que existe una imposibilidad jurídica para cumplir sus pretensiones basadas en expectativa de derechos.
El ISSET es respetuoso del derecho inalienable de sus afiliados para inconformarse ante los tribunales competentes, cuando no les satisfaga la dictaminación que conforme a la Ley se realice. En este mismo sentido, el ISSET, acatará las resoluciones definitivas que determine la autoridad judicial competente.
La institución lamenta y desaprueba las acciones que han emprendido integrantes de la Coalición Por Tabasco A.C., pretendiendo obtener beneficios que la Ley no les otorga.
Por ello, se deslinda a las autoridades del Gobierno del Estado y del propio Instituto, de toda responsabilidad derivada de la presunta huelga de hambre que realiza el C. Carlos de Jesús Esteban López, trabajador activo con plaza en la Secretaria de Educación del Estado y también en el ISSET, y quien no se encuentra en alguno de los supuestos que la ley prevé actualmente sobre el tema de pensiones.
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Asimismo, se reitera que los argumentos que ha sostenido el ISSET son contundentes sobre los temas de derechos adquiridos y expectativa de derechos, contrariamente a lo afirmado por los integrantes de la Coalición Por Tabasco A.C.
Por último, es importante destacar que, de enero de 2016 -fecha en que entró en vigor la Ley vigente a marzo de 2024, se han otorgado seis mil 143 pensiones, de las cuales cinco mil 168 han sido a trabajadores directos y 975 a beneficiarios de trabajadores fallecidos, todos ellos, conforme a la mencionada Ley.