La propuesta de la magistrada Janine Otálora para declarar suspensión total al procedimiento interno, para la elección del responsable de la construcción del Frente Amplio por México, se rechazó con tres votos en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Reyes Rodríguez Mondragón declaró la validez de la convocatoria, y ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, expedir lineamientos para que se regule y fiscalice este procedimiento y los otros que tengan características parecidas, como el realizado por el partido de Movimiento de Regeneración Nacional, buscando salvaguardar la igualdad en el proceso electoral Federal 2023 2024.
Ahora al INE le corresponderá definir el tipo de propaganda permitida, dónde se valorará la permanencia o el retiro de la propaganda masiva en los espectaculares, vehículos de transporte público, bardas y garantizar el retiro de la propaganda que se considere prohibida.
Los aspectos que se deben respetar se encuentran entre los siguientes parámetros:
- Prohibido el uso de prerrogativas de radio y televisión de los partidos para difundir o posicionar los procesos o a las personas.
- Prohibido el uso de recursos públicos, y los servidores públicos deberán ser neutrales e imparciales.
- Prohibidos actos anticipados de precampaña y campaña.
- El INE definirá la propaganda permitida valorando la permanencia o retiro de la misma en espectaculares vehículos de transporte público y bardas.
- Se implementará una fiscalización especializada para vigilar el origen y destino de los recursos de estos procesos, se contabilizarán las actividades y propagandas que beneficie o posiciona la persona. Donde el INE deberá emitir informes con gastos contabilizados y consecuencias de la fiscalización.