La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine), por considerar que es una decisión contraria a la prohibición de no regresividad de los derechos humanos de participación cultural y libre manifestación de ideas.
A través de un comunicado, se detalló que el ministro ponente del amparo en revisión 594/2022 fue Juan Luis González Alcántara Carrancá.
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Durante la sesión de este miércoles se resolvió un juicio de amparo indirecto promovido por una empresa productora de cine en contra de la aprobación y expedición del decreto de 6 de noviembre de 2020, por el que se reformaron los artículos 33 al 38 de la Ley Federal de Cinematografía y determinó la extinción del Fidecine.
En su demanda, la empresa afirmó que la derogación del fideicomiso referido implicaba un perjuicio a los derechos, a la participación cultural, a la libertad de expresión y suponía una violación al principio de no regresividad de los derechos humanos.