Amnistía Internacional (AI), hizo un llamado a las autoridades mexicanas, federales y estatales, exhortándoles a poner en marcha de manera urgente las medidas pertinentes “para cumplir con la nueva sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) que determinó la eliminación de la figura del arraigo, así como la adecuación de la prisión preventiva a estándares internacionales”.
Fue mediante un comunicado, en donde especificaron que en la sentencia notificada el 27 de enero, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), estableció “la responsabilidad estatal de México por la violación a los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial en contra de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López, en su detención y privación de la libertad por parte de agentes policiales en una carretera entre las ciudades de Veracruz y Ciudad de México en enero de 2006”.
La organización, destacó que específicamente en cuanto a la figura del arraigo, la CoIDH afirmó que “es incompatible a lo establecido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), puesto que es una figura restrictiva a la libertad de naturaleza preprocesal con fines investigativos que viola per se los derechos a la libertad personal y a la presunción de inocencia de la persona arraigada”.
Aunado a esto, en el mismo documento argumentaron que la CoIDH “determinó que la figura de prisión preventiva, establecida en el artículo 161 del Código Federal Procesal Penal de 1999, es contraria a la CADH debido a que no hace mención a las finalidades de la prisión preventiva, ni a los peligros procesales que buscaría precaver, ni a la exigencia de hacer un análisis de la necesidad de la medida frente a otras menos lesivas, como las medidas alternativas a la privación de la libertad. Cabe mencionar que si bien “la CoIDH no se pronunció directamente sobre la prisión preventiva oficiosa (PPO) por no aplicar al caso concreto, sí obligó a adecuar la figura de la prisión preventiva a los estándares internacionales, lo que implicaría también su derogación.
“Amnistía Internacional ha llamado a México a eliminar las figuras de arraigo y PPO de la Constitución y de las leyes por ser contrarias al Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Mediante ellas no se garantiza que las víctimas accedan a la justicia, por el contrario, se fomenta la reclusión a partir de falsas presunciones/sospechas, tal como lo documentamos en nuestro informe Falsas Sospechas de 2017. La sentencia de la Corte IDH marca un precedente histórico para el sistema de justicia mexicana y debe ser prioritario su cumplimiento”, externó Edith Olivares Ferreto, Directora Ejecutiva de Amnistía Internacional México.