Para el juez federal que puso contra las cuerdas al gobierno de México al ordenar que se detengan las obras del Tramo 5 Sur del Tren Maya, el fallo obedeció a una cuestión de prevención y protección ambiental para evitar la contaminación del agua subterránea de Playa del Carmen a Tulum, Quintana Roo.
La suspensión definitiva concedida a tres personas emplazó a las autoridades y/o empresas responsables a no sólo detener los trabajos, sino a que informen las medidas que fueron adoptadas, en caso de existir derrumbes, o socavones, y las acciones que se hubieran realizado para atenderlas.
“Resta precisar que la medida cautelar se concede sin que haya necesidad de fijar una garantía, pues ello constituye un obstáculo financiero para la justiciabilidad del derecho al medio ambiente, y de no otorgarse permitiría la ejecución de actos susceptibles de acarrear un daño indebido a la integridad del agua subterránea, afectándose con ello a la colectividad”.
En estas obras se trabaja en la colocación de columnas del viaducto elevado en una longitud de 42.1 kilómetros (km) de las 67.7 km totales que soportan a una doble vía electrificada.
Las obras de construcción a las que impacta la orden judicial están a cargo de las compañías Mota-Engil Latinoamérica (27 km), Azvindi Ferroviario (20.7 km) y Empresas ICA (19.97 km.
La demanda de amparo no es nueva, ya que se interpuso el 8 de abril de 2022, pero después de varios reveses judiciales se autorizó a los promoventes una ampliación de actos reclamados que no pudo desestimar el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) ni la empresa Fonatur Tren Maya S.A. de C.V. en el fallo de un recurso de queja, en diciembre pasado.
En el amparo se denunció que en la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) se carece de autorización y medidas de mitigación para proteger cenotes, cavernas y ríos subterráneos.
El caso se debate en el juicio de garantías 29866048 del Juzgado Primero de Distrito con sede en Mérida, Yucatán, interpuesto por una docena de personas, de las cuales se concedió la protección federal a tres de ellas identificadas con las iniciales L.A.E.P., O.A.H.R. y A.R.P., el 19 de enero del presente año.
Los efectos protectores ordenaron a la empresa responsable de la ejecución del proyecto Fonatur Tren Maya S.A. de C.V. o la compañía responsable para que se paralicen las obras en el tramo que va de Playa del Carmen a Tulum.
Igualmente, que “deberán presentar las bitácoras, memorias de construcción y todos los registros con los que cuenten, a fin de informar al Juzgado de Distrito, lo siguiente: Los cenotes, cavernas y cuevas que se encuentren a lo largo del trazo del tramo 5 Sur del Proyecto Tren Maya”.
El juez Adrián Fernando Novelo Pérez ordenó que se le hagan saber las medidas de prevención y protección que se hubieran adoptado para evitar la contaminación del agua subterránea.
En la demanda original se solicitaron medidas cautelares para “detener los trabajos de desmonte y/o construcción que están destruyendo la selva maya y/o imponer sanciones y/o, ordenar las acciones de restauración por los daños causados a la selva maya, para evitar daños irreparables al acuífero, ríos subterráneos, cenotes, cavernas y cuevas que forman parte del sistema subacuático conocido como Dos Ojos-Sac Actún, del Sistema Pool Tunich (Río Secreto), Sistema Sac Muul y Sistema Alux, así como al hábitat de especies endémicas y en peligro de extinción”.
Fuente: lucesdelsiglo.com