A través de un comunicado, las autoridades mexicanas confirmaron que los gobiernos de México y Estados Unidos acordaron de manera exitosa la conclusión de la solicitud de revisión al Grupo Yazaki sin necesidad de invocar a un panel de resolución de controversias en el marco del T-MEC
Dicho anuncio, se da después de que el pasado 18 de agosto del presente año, México notificó a Estados Unidos que no llevaría a cabo la revisión de una presunta denegación de derechos en la planta de Grupo Yazaki, ubicada en León, Guanajuato, derivado de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) determinaron que no existen a la fecha pruebas sobre una denegación de derechos a la libertad sindical y negociación colectiva por parte de la empresa.
Mediante un documento, afirmaron que con el objetivo de fortalecer el respeto a los derechos a la libertad de asociación y negociación colectiva de las personas trabajadoras, Grupo Yazaki, llevó a cabo las acciones que se citan a continuación:
- Carta de neutralidad: en la cual, la empresa se compromete a respetar y defender los derechos a la libertad sindical y negociación colectiva, mantener una postura neutral ante cualquier decisión que las y los trabajadoras acuerden. Aunado a esto, se detalló que dicha carta se divulgó en las 58 plantas de producción y los 12 centros de distribución con los que cuenta Grupo Yazaki en México. Además, se distribuyó una versión impresa a cada uno de los empleados de la planta de León, Guanajuato.
- Capacitaciones: Las más de 3 mil personas trabajadoras de la planta de León recibieron capacitaciones por parte de la STPS sobre los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva y las implicaciones de la carta de neutralidad publicada por la empresa.
Dentro de los puntos fundamentales, resalta el que la STPS llevará a cabo inspecciones en la planta de León, mientras que el CFCRL emitirá una declaración relacionada con los derechos de las personas trabajadoras durante cualquier votación sindical.