Durante la sesión extraordinaria se presentó el dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales, por el que se reformó el Código Civil de Tabasco.
Por unanimidad de votos, los legisladores ratificaron que el nombre de toda persona física se conforma por el nombre propio y apellidos de los padres.
En dicha reforma se otorga a los padres de familia la libertad para que al momento de registrar a sus hijos puedan decidir el orden de prelación de los apellidos.
Los diputados establecieron que el Oficial del Registro Civil exhortará a convenir el orden, y en caso de continuar el desacuerdo, se asentará en el acta el primer apellido del padre seguido del primer apellido de la madre.