Se aprobó expedir la nueva Ley General de Población y abrogar la vigente de 1974.
La reforma plantea que los ciudadanos mexicanos tengan la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener la #CURP con fotografía, que servirá como un documento oficial de identificación.
Este martes, las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, aprobaron el proyecto de la nueva Ley General de Población que establece estos cambios.
Lo anterior fue avalado con 15 votos de Morena y sus aliados a favor y 12 de PAN, PRI, MC y PRD en contra.
A su vez, el dictamen será turnado a la Mesa Directiva para su discusión y votación en el pleno.
Este proyecto prevé que al incorporarse una persona al Registro Nacional de Población se le asigne una Clave única de Registro de Población.
La CURP “contenderá la fotografía del rostro y se denominará CURP con foto, cuya constancia tendrá el carácter de documento oficial de identificación”.
En cuanto a los datos que este documento tendrá van: Nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población, fotografía del titular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, firma y huellas dactilares.
“La CURP con foto es un documento oficial de identificación que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular”, se establece en el artículo 75 de esta nueva ley.
Dicho documento se renovará cuando se deteriore, o bien, cuando los rasgos físicos de una personas cambien, a tal grado, que no correspondan con la fotografía que lleva.